A la hora de plantear una inversión, uno tiende a fijarse básicamente en el riesgo que conlleva y en su futura rentabilidad: ya sea directa, vía la obtención de ingresos inmediatos o plusvalías en el tiempo; ya sea indirecta, a través, por ejemplo, de la aplicación de ahorros fiscales.

Al margen de lo anterior, hay otra forma de invertir muy en consonancia con los tiempos que corren: la inversión socialmente responsable. Y en este campo tienen mucho que decir las políticas fiscales.

¿Por qué no puedo invertir mi capital, obtener una rentabilidad y, de paso, aportar algo de valor a la sociedad? Así dicho, esto sería el mundo ideal. Sería algo así como un mundo de cine.

Si bien es cierto que las ayudas fiscales a las producciones cinematográficas han existido siempre, no ha sido hasta la última reforma del Impuesto sobre Sociedades que el sector audiovisual ha pasado a convertirse en uno de los sectores más atractivos para la inversión en España.

Dicha reforma fiscal, realizada en paralelo a ciertos cambios normativos producidos en el sector, pretende fomentar la participación de inversores privados en la producción cinematográfica.

Al fin y al cabo, ¿quién no ha querido alguna vez formar parte del mundo del espectáculo?

La normativa permite ahora aplicar un incentivo fiscal, en forma de deducción en la cuota del Impuesto sobre Sociedades, del 20% de las cantidades invertidas en la producción cinematográfica hasta el primer millón de euros de inversión, y del 18% para las cantidades restantes, aplicables en un horizonte temporal de 15 años desde la finalización de la producción.

Con una amortización lineal del 33% de las inversiones en el sector, con posibilidad de duplicar dicho índice para las entidades de reducida dimensión, la cinematografía, de acuerdo con los datos que maneja un experto en el sector como Andaluza de Inversiones Audiovisuales, puede llegar a ofrecer una rentabilidad de en torno al 16% en un horizonte de dos o tres años.

Por otro lado, la seguridad de la inversión es muy elevada, dado que el inversor no participa en el riesgo de la producción cinematográfica, sino que recupera íntegramente el 100% de su inversión en el referido horizonte temporal, sin someterla a expectativas de ningún género, ya que la inversión se materializa con la culminación de la producción que permite practicar tanto las deducciones fiscales como comenzar la amortización de ésta.

Y no solo estamos hablando de películas. También series de televisión, documentales, largometrajes de animación, producciones extranjeras realizadas en España, representaciones teatrales, conciertos… la norma adapta los citados incentivos fiscales a multitud de inversiones de carácter audiovisual para que uno pueda convertirse en un productor cultural todoterreno.

Se trata, en efecto, de una inversión de cine: es segura, rentable y socialmente responsable, pues ayudará a desarrollar una industria relacionada tanto con el ocio como con la cultura, que no solo genera numerosos puestos de trabajo sino que hace feliz a mucha gente.

 

Francisco García Matute
Fortium Family Office